La legislación sobre vigilancia mediante cámaras varía significativamente entre municipios, pero comparten principios comunes. La colocación de cámaras debe respetar escrupulosamente la privacidad de terceros, evitando la captación de imágenes de viviendas vecinas, espacios privados o vías públicas más allá de lo estrictamente necesario para la seguridad de la propiedad.
Es obligatorio informar mediante señalización visible sobre la existencia de cámaras de vigilancia. Para comunidades y negocios, se debe registrar el sistema en la Agencia de Protección de Datos y establecer un protocolo claro sobre quién puede acceder a las grabaciones, por qué motivo y durante cuánto tiempo se conservan. El incumplimiento de estas normativas puede conllevar fuertes sanciones, por lo que es esencial documentarse antes de la instalación.